Información de la Fe.P.R.A. sobre el Fondo de Solidaridad Profesional

Se establece que a partir del 1 de Noviembre de 2016, los adherentes al Fondo de Solidaridad Profesional deberán tener en consideración que, para completar el Formulario de Adhesión, cuando se solicite la CBU, corresponde colocar exclusivamente datos de la cuenta particular del adherente/beneficiario, no pudiendo a partir de esa fecha brindar un cuenta de un tercero.